miércoles, 27 de octubre de 2010

La Minería en el Estado Amazonas.

       La minería es una de las actividades que ha causado impacto ambiental en las diferentes zonas del estado Amazonas, estos buscadores de oro, se han asentado en áreas que están dentro de las ABRAE (áreas bajo régimen de administración especial), como: Parque Nacional Yapacana, Maraya, La Cocina, Parque Nacional La Neblina, Rio Baría, Ocamo, Uatamo, Sierra de Maigualida, Sierra de Parima en el Alto Padamo en cerro Delgado Chalbaud donde se encuentra la cabecera del Río Orinoco.

            A estas zonas tradicionales de extracción aurífera se han sumado los ríos Atabapo y Guainía, donde se evidencian ahora La presencia de mineros, que en su gran mayoría son extranjeros (Brasileros y Colombianos), conocidos como garimpeiros, esto constituye un problema para la nación y en particular para el estado Amazonas debido a los daños que su labor causa al ecosistema.

            la explotación ilegal de los yacimientos aluvionales es objeto de preocupación por muchos sectores del país, por generar graves impactos entre los que se destacan la destrucción de las áreas boscosas, especialmente adyacentes a los márgenes de ríos y caños, el entrabamiento y desvió de corrientes de agua, la destrucción de grandes espacios de suelos, sedimentación y muy especialmente la contaminación mercurial de las aguas, lo cual genera grandes problemas a las poblaciones cercanas al sitio de extracción.
             La minería en el estado Amazonas está prohibida de acuerdo al decreto 269 de fecha 06-06-89,  el cual se encuentra en vigencia, la problemática minera y demás situaciones ambientales son abordados y de conocimiento público pero que no han sido atacados de raíz, en el Estado Amazonas la minería ilegal se burla de quien decide atacarla, cayendo de nuevo en una complicidad permisiva por parte de instituciones del Estado.

            Se Observa en cuanto a Minería Ilegal en el Estado Amazonas:

  •    La práctica de la minería en Estado Amazonas es altamente negativa por el impacto a los ecosistemas de alta fragilidad ya que las explotaciones se encuentran en áreas protegidas especialmente (ABRAES) como los Parques Nacionales Duida Marawaka, Yapacana, Parima Tapirapeco, La Neblina, Rio Siapa, Cerro Arcamoni y la Reserva de Biosfera Alto Orinoco Caciqueare, actualmente en el Municipio Atabapo y Rio Negro en mayor escala y en otros municipios en ciertos puntos que ya han ido denunciando: Manapiare, Alto Orinoco, Maroa y Atures.
  • Los indígenas que habitan desde tiempos remotos en las zonas invadidas por la explotación minera, reciben fuertes amenazas y agresiones a su integridad física y socio-cultural.
  •  La minería en el Estado es ejercida desde hace más de 20 años atrás principalmente por ciudadanos extranjeros tanto colombianos como brasileros los cuales no aportan ningún beneficio. además los indígenas son utilizados como caleteros y los manipulan a su antojo.
  •  Las Fuerzas Armadas no ejercen el control adecuado y los mineros evaden esos controles de diversas maneras, siendo cómplices en múltiples casos de los daños que se están produciendo en el ambiente y que en su mayoría son irreparables.
  • Los daños a los ecosistemas son irreversibles,  avanzando la destrucción y fragmentación donde las poblaciones vegetales y animales se reducen, teniendo menores posibilidades de sobrevivencia, convirtiéndose los ecosistemas naturales en sistemas de baja productividad.
  • Se afecta las formas de vida y los sistemas de productividad de los indígenas adyacentes a las áreas invadidas por la explotación minera.
  • La contaminación mercurial tanto de las personas que explotan los minerales como de los que consumen el agua o peces de los ríos contaminados.

                Además de las consecuencias antes mencionadas la minería genera un problema socio-cultural y jurídico, ya que esta es una actividad totalmente ilegal en el Estado Amazonas.
                Amazonas es la región con más biodiversidad y pueblos indígenas con patrones  culturales bien específicos, al presentarse cualquier actividad ajena a sus formas tradicionales de vida, causa impacto negativo en sus pobladores. En este caso concreto de la minería, nos encontramos con lo siguiente;

                Epidemiológico, enfermedades de transmisión sexual, paludismo, hepatitis B, amibiasis causadas por la contaminación de las aguas y otras enfermedades llevadas por grandes contingentes humanos, provocarían en estas tierras un genocidio de los grupos indígenas.

                Económico-Familiar, el abandono de las actividades de su vida cotidiana (conuco, caza y pesca) que establecieron una ruptura y pone en peligro la supervivencia de los pueblos indígenas. Las nuevas generaciones abandonarían sus espacios territoriales desde el mismo momento en que se agote la actividad minera, dejando de ser un valor en sus vidas su cultura, mitos y legendas.

                Delincuencia, la prostitución, el alcoholismo y las drogas representan un reflejo condicionado ante los jóvenes indígenas. No es un secreto que cuando explota la gran bulla minera, las prostitutas se hacen presentes como ha sucedido en las debilitadas minas de Guaniamo y Pigijuao. En el caso de Amazonas específicamente en Maraya se presento esta situación.

Para los pueblos indígenas el medio ambiente lo es todo porque en él se encuentran plantas medicinales, alimentos, sus creencias ancestrales, herramientas de trabajo, entre otros, la situación de la minería ilegal en estado Amazonas está perjudicando las tierras de los indígenas, y la salud a través de la contaminación con mercurio en las aguas que se encuentran en las comunidades indígenas, un ejemplo de ello fue la denuncia introducida por el pueblo Yanomami ante la fiscalía pública por la presencia de Garimpeiros (mineros brasileros) al sur del Estado Amazonas, cerca de la Sierra Parima B, donde exponen que a consecuencia de sustancias arrojadas a las aguas del rio murieron algunos  indígenas Yanomami, cuando las autoridades militares y de salud conocieron del caso se movilizaron con sumo esfuerzo hasta el lugar de los hechos, demorando varios días por no contar con los implementos necesarios  y desconocer la manera de llegar,  quedando en evidencia la debilidad del Estado para el resguardo del territorio indígena.
 De acuerdo con lo antes mencionado no se cumple el artículo 327 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  que expresa claramente que la atención de las fronteras es prioritaria en el cumplimiento y aplicación de los principios de seguridad de la nación, donde se deberían proteger de manera especial los Parques Nacionales, las tierras de los pueblos indígenas allí asentados y demás áreas bajo régimen de administración especial.  

1 comentario:

  1. Desde hace cuanto tiempo se vienen realizando masacres a indigenas, y solo unos pocos se sienten conmovidos. Este problema es de todos, y si seguimos dejando que el estado acabe con la naturaleza de la mano de extranjeros, pronto seguira un genocidio masivo con la poblacion. Ya lo estamos viviendo, el estado se acostumbro a producir dinero de forma delictiva

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